COMPARACION ENTRE CONTRATO DE FORMACION Y CONTRATO INDEFINIDO CON TARIFA PLANA

Tras la publicación del RD Ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, que introduce el contrato indefinido con tarifa plana de 100 euros, sois muchos los que estáis barajando qué tipo de contrato utilizar para contratar.

La comparación entre el contrato bonificado y el contrato de formación es la siguiente:

CARACTERÍSTICAS FORMACIÓN INDEFINIDO
REQUISITOS TRABAJADOR Edad entre 16 y 29 años.
Inscrito como demandante de empleo.
No tener formación oficial relacionada.
No hay requisito de edad. No es aplicable para trabajadores despedidos por la empresa, con contrato indefinido, o de empresas del grupo, por despido colectivo o improcedente tras el 26/02/14.
REQUISITOS  EMPRESA No tener deuda con la S. Social o Hacienda.
No haber sido sancionada.
Mantener el contrato durante 36 meses.
Mantener el nivel de empleo de la plantilla durante 36 meses.
No tener deuda con S. Social o Hacienda.
No haber despedido de forma colectiva o improcedente tras el 25/02/2014.
No haber sido sancionada.
REDUCCIÓN  CUOTAS S. SOCIAL Reducción del 100%.
Paga 0 € en Seguros Sociales durante toda la vigencia del contrato, la reducción se aplica a todos los conceptos.
Reducción aproximada del 50% durante 24 meses.
A los 100 € de tarifa plana, que corresponden a las contingencias comunes, hay que sumar: contingencias profesionales, formación, desempleo, FOGASA, y cotización por horas extraordinarias (si es a tiempo parcial).
CARÁCTER  CONTRATO Temporal Indefinido
JORNADA Completa, de la cuál trabajan 30 horas, y 10 horas serían para formación. Completa o parcial.
DURACIÓN 1 año, prorrogable hasta un máximo de 3. Hay que mantenerlo durante 3 años.
FORMACIÓN Si, bonificada al 100%,  puede ser presencial o  a distancia. No.
OBLIGACIÓN DEVOLVER BONIFICACIONES POR DESPIDO No. Si, si se despide antes de los 3 años, o se incumple alguno de los requisitos.
OBLIGACIÓN DEVOLVER BONIFICACIONES POR DISMINUIR LA PLANTILLA TOTAL No. Si, cada 12 meses se controlará que se mantiene la plantilla total e indefinida, si no es así, hay que devolver las cantidades.
SALARIO Según  Convenio, o en su defecto % según el tiempo de trabajo efectivo sobre SMI. Según  Convenio.
BONIFICACIONES ADICIONALES Bonificación  por transformación en indefinido de 1.500 €, 1.800 € si es mujer, durante 3 años. La  tarifa plana es incompatible con otrosbeneficios en la Seguridad Social que se  refieran al mismo contrato.
[stellar]
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