IRPF EMPRENDEDORES: ¿QUE DEBES SABER?

Llegado abril y comenzado el periodo de la Renta 2013 los emprendedores, como el resto de españoles, deben de enfrentarse al IRPF.  Vamos a intentar ayudaros un poco con ciertas cuestiones que suelen plantear dudas. ¡COMENZAMOS!

  1. A todo el mundo le viene a la cabeza si está o no obligado a declarar. Los autónomos no tienen que hacer esta pregunta, TIENEN QUE HACER EL IRPF.
  2. NO HAY BORRADOR. Hacienda solo remite una hoja con los datos fiscales y una nota aclarando que no pueden realizar el borrador al no contar con todos los datos de la actividad. Dispone los datos relativos a los ingresos, pero no de los gastos derivados de la actividad.
  3. Hay que rellenar el APARTADO DE ACTIVIDADES ECONOMICAS.
  4. DEDUCCIONES:
    1. EXENCION EN EL IRPF DE LA CAPIZALIZACIÓN DEL PARO: No tendran que pagar impuestos por el subsidio de desempleo si deciden cobrarlo en un solo pago para poder desarrollar su proyecto emprendedor.
    2. REDUCCION DEL 20% DE RENDIMIENTOS POR NUEVA ACTIVIDAD: Novedad en la Renta 2013. Permite a los que han comenzado su actividad reducir un 20% el rendimiento neto de su acitivdad en el primer periodod en el que sea positivo y en el posterior.
    3. DEDUCCION POR REINVERIÓN DE BENEFICIOS: Se podrán deducir un 10% de la base liquidable de los beneficios invertidos en elementos nuevos de inmovilizado material y de inversiones inmobiliarias.
    4. DEDUCCION POR INVERSION: Los que tributen bajo estimación directa podrán beneficiarse de las inversiones empresariales que generan derecho a deducción que son las relativas al I+D e innovación tecnológica, por inversiones en bienes de interés cultural, en instalaciones destinadas a la protección del medio ambiente, por creación de empleo para trabajadores con discapacidad y por la utilización de nuevas tecnologías.
[stellar]
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