Buenos días:
Os recordamos que el cambio de la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos hay que hacerlo ANTES del 1 de noviembre de 2014
Durante todo el próximo mes de octubre y antes del 1 de noviembre 2014 las empresas tendrán la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y, por consiguiente, también la cuota a pagar, teniendo efecto esta modificación a partir del 1 de enero de 2015.
Para que sirva de ejemplo, en esta escala aparece una escala comparativa con algunas de las opciones de modificación cuyos importes están vigentes en 2014.
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Base de Cotización €/mes |
Tipo de Cotización Contingencias Comunes Cobertura de IT |
Cuota a pagar €/mes |
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875,70 – Mínima en 2014- |
29,90 % |
261,84 |
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944,40 Mínima para trabajadores de 48 o mas a 01-01-2014, salvo excepciones |
29,90% |
282,38 |
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1.000 |
29,90 % |
299 |
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1.202 |
29,90 % |
359,40 |
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1.926,60 Máxima para trabajadores de 47, 48 años o mas, salvo excepciones |
29,90 % |
576,05 |
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3.597,00 -máxima en 2014- |
29,90 % |
1.075,50 |
*29,90% = 29,80% + 0,1% (para los autónomos sin protección por contingencias derivadas de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y cese de actividad).
Por otro lado, es importante recordar que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá incrementar, anualmente y de forma automática, su base de cotización en el mismo porcentaje en que se aumenten cada año las bases máximas de cotización en este Régimen Especial, previa solicitud antes del día 1 de noviembre.
Los clientes de Salma Consulting que estén interesados en modificar la citada base o cuota (con la finalidad de aumentar la base de cálculo de la jubilación o la baja de incapacidad temporal), les agradeceríamos que nos lo hicieran saber con la máxima antelación posible CUMPLIMENTANDO la fecha que les hemos adelantado por mail.



